“Los incentivos a las inversiones promoverán la estabilidad económica, generando empleo y numerosos beneficios para el país”. Damian Larco G.
Como uno de los puntos clave de la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, se promueve el Incentivo a las Inversiones, añadiendo una deducibilidad extra del 150% a los patrocinios de proyectos a favor de:
- Personas con discapacidad
- Enfermedades catastróficas
- Policía Nacional
- Protección animal
Los proyectos enfocados en turismo, tendrán derecho a la exoneración del IR por 7 años, contados desde el primer año en el que se generen ingresos atribuibles directa y únicamente a la nueva inversión.
Se exonera de la retención del 25% del Impuesto a la Renta a los prestadores no residentes en Ecuador en pagos de: promoción de turismo receptivo, comisiones de plataformas de alojamiento y concesión de espacios en ferias internacionales.
Las personas naturales y sociedades tendrán derecho a la devolución del IVA en las adquisiciones locales o importaciones de bienes o servicios destinados a la construcción de proyectos inmobiliarios.
Las personas naturales y sociedades que hayan pagado IVA por la renta de vehículos 100% eléctricos u otras tecnologías de cero emisiones para el servicio de transporte público, comercial y de cuenta propia, tienen derecho a la devolución del IVA sin intereses en un plazo no mayor a 90 días a través de la emisión de la respectiva nota de crédito.
Los contribuyentes podrán estabilizar su régimen de Impuesto a la Renta por 5 años, siempre y cuando paguen un 2% adicional sobre la tarifa del Impuesto a la Renta que les corresponda.
Fuente: SRI
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