Conforme lo señala la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, los Grandes Contribuyentes deberán efectuar una autorretención del Impuesto a la Renta de forma mensual sobre el total de sus ingresos gravados obtenidos dentro de dicho mes.
El porcentaje de autorretención será establecido por el SRI, según la tasa impositiva efectiva determinada en los procesos de control correspondiente a su actividad económica habitual.
Las sociedades calificadas como grandes contribuyentes aplicarán el porcentaje que va del 1,5% hasta el 10% de autorretención correspondiente, respecto de los ingresos gravados, desde este mes de enero del 2024. Esto es un anticipo del pago de impuestos que corresponden a abril del 2025.
Revisa la resolución No. NAC-DGERCGC24-00000003 del Servicio de Rentas Internas con la que se señalan las normas a la autorretención del Impuesto a la Renta para los Grandes Contribuyentes.
Fuente: SRI
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