Se dispone a todas las entidades sujetas al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos que, en el marco de la simplificación de trámites, reconozcan y validen para la gestión de todos los trámites administrativos institucionales, el uso de los documentos de identidad, ya sean físicos, electrónicos o digitales, emitidos por la Dirección General de registro Civil, Identificación y Cedulación.
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