Se convoca al proceso electoral de Referéndum, de manera obligatoria, a las ecuatorianas y ecuatorianos mayores de dieciocho años con derecho a ejercer el voto; así como, a aquellas personas mayores de dieciocho años de edad privadas de la libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada; y, de manera facultativa, a las ecuatorianas y ecuatorianos, entre dieciséis y dieciocho años de edad; mayores de sesenta y cinco años; a los domiciliados en el exterior debidamente registrados; integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo; personas con discapacidad; personas analfabetas; extranjeras y extranjeros desde los dieciséis años de edad que hayan residido legalmente en el país al menos cinco años y se hubieren inscrito en el Registro Electoral; para pronunciarse acerca de varias preguntas.
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