Por única vez los sujetos pasivos que al 30 de junio de 2022 estuvieren inscritos en el RUC, registrando a esa fecha su domicilio tributario en las provincias de Chimborazo, Tungurahua, Cotopaxi, Pichincha, Pastaza, Azuay, Imbabura, Sucumbíos y Orellana podrán cumplir sus obligaciones conforme a los plazos previstos en el calendario que presenta esta resolución.
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