Al momento que una Entidad Financiera del Sector Privado, del Sector Popular y Solidario o una Empresa de Seguros Privados es declarada en liquidación forzosa por el organismo de control pertinente, se activa el Seguro de Depósitos y el Seguro de Seguros Privados para los ciudadanos personas naturales que mantengan sus depósitos en Entidades Financieras o mantengan siniestros pendientes de pago.
El monto máximo de cobertura para Empresas de Seguros Privados legalmente autorizadas es de 1.500 USD, mientras que la cobertura del Seguro de Depósitos del Sector Financiero Privado o del Sector Financiero Popular y Solidario depende del segmento al que corresponda, los mismos que son pagados a través de las oficinas de la COSEDE o entidades del sistema financiero denominados “Agentes de Pago”.
Revisa los Segmentos de cobertura para los Sectores Financieros y los pasos a seguir para realizar este trámite.
Fuente: COSEDE
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