Mediante el decreto 1240, el presidente Lenín Moreno otorgó un plazo más amplio para que los microempresarios del país puedan pagar el Impuesto a la Renta, que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, desde este año era del 2% de las ventas anuales y ya no del 25% por utilidades.
El diferimiento beneficia a microempresarios que no hayan tenido utilidades en 2020, quienes podrán hacer el pago de ese impuesto, correspondiente a enero y febrero de 2021 (por las ampliaciones de plazo que hubo, debido a la reingeniería de la web del SRI), hasta noviembre próximo. Adicionalmente, el decreto dispone que los pagos correspondientes a julio de 2021 y enero del 2022 se difieran hasta marzo del 2022.
La medida es concebida por expertos tributarios como positiva para los microempresarios que han tenido un año muy difícil en 2020, pero también como una afectación a las arcas fiscales.
Napoleón Santamaría, abogado tributario, explicó que el Impuesto a la Renta para microempresarios del 2% sobre ventas era positivo, pues significaba un proceso más sencillo de tributación para los microempresarios. Antes se debía pagar el 25% de la utilidad, pero con un proceso más engorroso. Con la Ley de Simplificación se establecía que se pague ese 2% en enero y julio de cada año. Sin embargo, no se tomó en cuenta que podía afectar a diversos sectores cuando hayan tenido pérdidas, como ocurrió en 2020.
Para Santamaría, si bien con la medida se ayuda a los microempresarios, hasta noviembre, también existe una afectación a las arcas fiscales, que podría llegar a un monto de entre $ 250 millones y $ 300 millones.
Explica que hay dos sectores que se han quejado por el impuesto. Por un lado, microempresarios que han tenido pérdidas, y por tanto, les resulta muy complicado realizar dicho pago. Sin embargo, también habría un sector que ha estado acostumbrado a no pagar impuestos y que ahora sí se volvían sujetos de control, al cual no le convenía esta modalidad de pago.
Para Pablo Guevara, socio de Andersen, Tax & Legal, la decisión de diferir el plazo llega tarde, debido a que el pago ya debió hacerse entre los últimos días de enero y los primeros de febrero. De todas maneras, considera que sí se benefician quienes tenían que hacer pagos en julio del 2020 y enero 2021.
Para Guevara, los microempresarios más afectados con este modelo de tributación son quienes tienen negocios de intermediación y que ganan pequeños porcentajes, pero por volumen. Por ejemplo, podría haber algún microempresario que venda grandes volúmenes de productos de consumo masivo, y que su ganancia sea del 1%, y por efectos de la ley debe pagar el 2%, es decir, sale perdiendo.
También resaltó como positivo que en el decreto exista una disposición que permite usar, a más de las retenciones del 1,75%, otros créditos tributarios para ese pago.
Entre tanto, según se relata en el decreto, la decisión del diferimiento se tomó luego de que el Ministerio de Producción pidiera que se evaluara el impacto fiscal de diferir por una única vez el pago del IR de los sujetos pasivos y que hayan generado pérdida en 2020. De manera inmediata, el SRI realizó el informe respectivo, llegando a la conclusión de que no habría afectación al presupuesto general del Estado, por lo que el Ministerio de Finanzas emitió dictamen favorable. El decreto, según su propio texto, indica que entrará en vigencia desde la publicación en el Registro Oficial, pero hasta ayer por la tarde no había llegado a esa dependencia.
Fuente: https://www.eluniverso.com
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